Para ir a la respuesta, por favor
clic cualquier pregunta que sigue:
Cada vez que tenga preguntas con respecto a sus beneficios o elegibilidad,
llame a la Oficina de
Fondos al (707) 864-3300 o al número gratuito 1-888-245-5005.
El horario del conmutador es de 8:30 AM a 4:00 PM,
de lunes a viernes. Si desea escribir, envíe su correspondencia
dirigida a: Northern California Cement Masons Funds Administration,
220 Campus Lane, Fairfield, California 94534-1499. También
puede enviar un correo electrónico a la Oficina de Fondos
a customerservice@norcalcementmasons.org.
No tiene que preocuparse.
Sólo póngase en contacto
con la Oficina de Fondos o
envíe un correo electrónico a customerservice@norcalcementmasons.org para
solicitar una nueva tarjeta. Mientras tanto, todavía puede
tener acceso a su cobertura de salud. Para hacerlo, tiene que saber
lo siguiente:
- Número
de Grupo
- Plan Activo - 1790KA;
- Plan Jubilado - 1790KB;
- Plan Jubilado con Medicare - 1790KJ.
- Número del Seguro Social
- Si necesita
medicamento, darle a la farmacia su Número
de Grupo y su número del Seguro Social.
- Si es un cliente
regular, probablemente no tendrá que
presentar una tarjeta. La farmacia deberá tener
toda la información necesaria para surtir su receta.
- Números
Gratuitos
- Oficina de Fondos: 1-888-245-5005
- Prescription Solutions: 1-800-562-6223
(clientes con impedimentos auditivos marquen 1-800-498-5428)
- Revisión de Utilización (Utilization
Review) -
Revisión de Previa a la Autorización/Previa
al Servicio: 1-800-274-7767 (Nota: Este
es el número gratuito al cual el hospital deberá llamar
para arreglar la revisión de utilización
para estancias electivas y de emergencia de los pacientes
hospitalizados. La revisión de utilización
sólo autoriza el número de días que
son médicamente necesarios para una estancia en
el hospital, no verifica la elegibilidad. Para verificar
la elegibilidad, el hospital debe ponerse en contacto con
la Oficina de
Fondos).
Cualquier prestador de servicios para el cuidado de la salud u
hospital puede ponerse en contacto con la Oficina
de Fondos en el número anterior entre las horas de 8:30 AM a
4:00 PM, de lunes a viernes, para verificar
la elegibilidad o resolver cualquier asunto que pueda surgir respecto
a alguna beneficio.
Si está teniendo problemas para tener acceso a su cobertura
de medicamentos recetados, usted o su farmacéutico pueden
ponerse en contacto con Prescription Solutions en el (gratis)
1-800-562-6223 (personas con impedimentos auditivos marquen 1-800-498-5428).
El servicio de clientes de Prescription Solutions está disponible
de lunes a viernes de 6:00 AM a 9:00 PM (Hora
del Pacífico) y sábados y domingos de 7:00 AM a
7:00 PM (Hora del Pacífico). Si Prescription
Solutions no puede resolver el problema, póngase en
contacto con la Oficina
de Fondos.
Usted recibirá su tarjeta de reemplazo dentro de dos semanas
a partir de la fecha en que la ordenó. Si no la recibe,
póngase en contacto de inmediato con la Oficina
de Fondos.
Es vital guardar siempre
los talones del cheque con sus otros registros del empleo. En
caso de que ocurra una discrepancia entre
sus inscripciones y las inscripciones del Fondo, lo cual afecta
su elegibilidad para el beneficio de Pensión, beneficio
de Vacación/Feriado y cobertura de Salud y Bienestar, es
probable que sus talones de cheques determinen sus derechos.
Además de información vital, como su nombre y número
del Seguro Social, el estado muestra su período de trabajo
de seis meses con el propósito de establecer la elegibilidad
para cobertura de salud y bienestar, acumulaciones de beneficios
de pensión y dólares para vacación/feriado.
El estado incluye los nombres y los números de cuenta de
los empleadores que reportan horas por usted y muestra el mes y
el año en que trabajó esas horas. Hay tres columnas
que incluyen las horas de salud y bienestar, horas de pensión
y cantidades para vacación/feriado, en dólares. Unos
recordatorios importantes:
- si su empleador reportó horas pero no pagó las
contribuciones de salud y bienestar, esas horas trabajadas no
se pueden usar para la elegibilidad de la cobertura de salud
y bienestar;
- si su empleador no
pagó las horas trabajadas en vacación/feriado,
esa cantidad permanecerá en suspenso y no pagada a usted
hasta que su empleador presente el pago requerido a los Fondos
Fideicomiso.
Lo más pronto posible, revise cuidadosamente su estado.
Si cree que alguna información está incorrecta, que
puede ser del número del seguro social al número
de horas reportadas, póngase en contacto con la Oficina
de Unión Local. La Oficina de Unión Local trabajará con
la Oficina de Fondos para resolver cualquier discrepancia. Por
ejemplo, si cree que todas sus horas no están mostradas,
es posible que se le pida presentar copias de los talones de cheques.
(Recuerde, guarde esos talones de cheques.) Puede tratarse de un
problema simple, como horas reportadas con otro número de
Seguro Social. Sus talones de cheques ayudarán a aclarar
eso.
En primer lugar, acostúmbrese
a guardar todos sus talones de cheques y verificar que todas
las horas trabajadas aparezcan
en su Estado de Cuenta (Statement of Account). Si cree
que no se han reportado todas las horas, envíe copias por
correo (no originales) de sus talones de cheques a la Oficina de
Fondos. (no envíe por correo todos los talones de
cheques –sólo aquellos que correspondan al
mes o meses en cuestión.) Envíe por correo sus talones
de cheques a: Northern California Cement Masons Funds Administration,
Employer Accounts, 220 Campus Lane, Fairfield, California
94534-1499. Investigaremos y le notificaremos, por escrito, los
resultados.
Si trabajó durante un período de seis meses y no
recibe un estado, es probable que no tengamos su domicilio actual.
De nuevo, póngase en contacto con la Oficina
de Unión Local para que lo ayuden a verificar su domicilio
correcto. Si es necesario, es posible que tenga que completar una
forma de Enrollment Form para actualizar las inscripciones.
Otra explicación podría ser que su empleador no ha
reportado sus horas. De nuevo, póngase en contacto con la
Oficina de Unión Local para resolver esta situación.
Sobre todo, verifique la información en este documento.
De hecho, es su inscripción de trabajo y muchas de sus beneficios
dependen en su precisión. Guárdelo para referencias
futuras. Querrá compararlo con su pago por vacación-feriado
vencido el 30 de noviembre y con su Estado de Pensión,
enviado por correo en diciembre. Siga estos mismos reglamentos
cuando reciba su próximo Estado de Cuenta (Statement
of Account), programado para enviarse por correo en septiembre
de cada año.
En primer lugar, es
importante tener copias guardadas de sus talones de cheques con
la información sobre el lugar de trabajo
y el contratista principal escrita en cada talón. Llame
al Departamento de Cuentas
por Cobrar (Accounts Receivable Department) con la
información o copie los talones de los cheques y envíelos
por correo a la Oficina de Fondos. Recuerde - mientras más
detallada y oportuna sea la información, mejores serán
las posibilidades de cobrar esas contribuciones.
Kaiser Permanente es un Plan de HMO (Health
Maintenance Organization o Organización de Mantenimiento
de la Salud). Es un plan médico de práctica de
grupo prepagado el cual proporciona beneficios médicos
completos.
PPO significa
Organización de Prestadores
de Servicios Preferentes (Preferred Provider Organization).
Es un grupo de hospitales y médicos que hacen un convenio
en una base de “comisión por servicio” con compañías
de seguro para prestar servicios médicos completos. Difiere
de Kaiser Permanente en que usted es libre de
elegir a su prestador de servicios médicos. El propio Plan
de Salud Médico Administrado (Managed Health Care Plan) por
el Fondo es un PPO.
COB significa “Coordination of Benefits” (Coordinación
de Beneficios) y es un proceso diseñado para eliminar pagos
duplicados y aplicar cobertura primaria y secundaria cuando un
participante esté asegurado con dos planes de salud.
Su plan de salud y bienestar
define “Médico” (Physician) como “(a)
un médico y cirujano (Doctor en Medicina o MD) con licencia
para ejercer la medicina en el estado en donde ejerce y (b) cualquier
otro médico que proporcione atención o tratamiento
dentro de los límites establecidos en la licencia expedida
a él por la agencia aplicable de estado en donde proporcione
la atención o el tratamiento.” Entre los médicos
están los Acupunturistas Certificados (cuando el tratamiento
es para un diagnóstico relacionado con el dolor), Parteras
(para atención obstétrica, los servicios prestados
se realizan en un hospital según lo definido por el Plan),
Enfermeros Profesionales y Doctores Con Especialización
Superior (PhD), Consejero Matrimonial, Familiar e Infantil
(MFCC) o Trabajador Social Certificado (LCSW).
Si desea verificar si un prestador de servicios médicos
corresponde con la definición de “Médico” (Physician),
póngase en contacto con la Oficina
de Fondos.
En 1986, se promulgó una legislación importante,
que permite a los empleados continuar con la cobertura después
de que terminó el empleo. En realidad, la continuación
de los beneficios sólo fue una pequeña parte del
proyecto de ley presupuestario que llegó a conocerse como COBRA,
abreviatura de Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Act (Ley
sobre Reconciliación Consolidada de Diversos Presupuestos).
Lo que es importante saber es que COBRA puede ofrecer
seguridad máxima a alguien que enfrente la pérdida
de la cobertura de salud. Conforme a la ley, COBRA permite
a una persona que deja de ser elegible para los beneficios, continuar
con la cobertura del plan de salud bajo ciertas circunstancias.
La clave para entender las provisiones de COBRA son los
términos Beneficiario Calificado (Qualified
Beneficiary) y Suceso Calificador (Qualifying
Events).
Como se define en COBRA,
un Beneficiario Calificado es una persona que pierde la cobertura
de acuerdo con algún
Suceso Calificador (se describen más adelante). Un Beneficiario
Calificado puede ser un empleado activo, su cónyuge o hijo
dependiente.
Si usted es el Empleado, los Sucesos Calificadores
son:
- terminación
del empleo, o
- una reducción
en horas.
Si usted es el cónyuge
o hijo dependiente,
los Sucesos Calificadores son los mismos que para los Empleados,
más:
- el fallecimiento del Empleado, o
- el divorcio del empleado, o
- el hijo dependiente
ya no satisface la definición del “Dependiente” del
plan.
Si el Suceso Calificador
es una terminación o reducción
de horas, la Oficina de Fondos le notifica a usted. Si el Suceso
Calificador es un fallecimiento, divorcio o la pérdida de
condición de dependencia de un hijo, el beneficiario calificado
deberá notificar a la Oficina
de Fondos.
Las primas mensuales
son determinadas cada marzo por el Consejo de Fideicomisarios
y no cambian durante 12 meses. El costo
es determinado por el tipo de cobertura que elija y si está comprando
la cobertura para usted mismo o tanto para usted, como para su
familia. La duración de la cobertura puede ser de 18 a 36 meses.
En general, la cobertura es por 18 meses, pero puede extenderse
a 36 meses si ocurre un segundo suceso calificador o a 29 meses
si el Seguro Social determina que un beneficiario calificado
está totalmente incapacitado. Las provisiones de COBRA son
numerosas y complejas para cubrir totalmente en el espacio asignado
aquí. Para más información sobre sus derechos
de elegir la Cobertura de Continuación según COBRA,
consulte su folleto de planes o póngase en contacto con
la Oficina de Fondos en
el (707) 864-3300 o gratuito en el 1-800-245-5005 y pida por
la sección de COBRA. También puede enviarnos
un correo electrónico a customerservice@norcalcementmasons.org.
¿Cómo
puedo matricular para un plan de beneficio o cambiar a otro plan?
Comunicarse a la Oficina
del Fondo, que le enviara los materiales como la Comparaciones
de Planes de Beneficios , cualesquiera planes disponibles
en su área y una Forma de Inscripción.
Si usted es jubilado, se incluye también una Hoja de Tarifas o
premio mensual de planes diferentes. Usted debe revisar cuidadosamente
los materiales y decidir cual plan es mas satisface para usted
y las necesidades de su familia. Llenar una Forma de Inscripción para
el plan que usted selecciona y devuélvala a la Oficina del Fondo
antes del plazo indicado en la forma.
El Artículo 2 del Plan de Jubilados estipula que un
Empleado se convierte en un Participante el 1 de agosto
o 1 de febrero después de un período de
12 meses consecutivos durante el cual se trabajaron cuando
menos 300 horas en “Empleo Cubierto” (Covered
Employment) o “Empleo Continuo No Cubierto” (Continuous
Non-Covered Employment) con un Empleador Contribuyente. Un
sencillo ejemplo es el de un Empleado que primero comienza a trabajar
en Empleo Coberturo el 1 de febrero de 1998. Si para
el 31 de enero de 1999 acumuló un total de 800 horas
de trabajo (12 meses completos), entonces el empleado se convertiría
en un Participante el 1 de febrero de 1999. Una
vez que un Empleado se convierte en un Participante, el recibirá el
Servicio Acreditado (Credited Service) y las Unidades
de Beneficios (Benefit Units) por esas horas trabajadas
antes de convertirse en un Participante.
Si no trabaja por lo
menos 300 horas durante un Año
de Crédito del Plan, el cual es del 1 de febrero
al 31 de enero del siguiente año, cometerá una
Interrupción en el Servicio de Un Año y dejará de
ser un Participante en el último día de ese Año
de Crédito del Plan. Desde luego, trabajando por lo menos
300 horas durante un Año de Crédito del Plan,
otra vez se convertirá en un Participante para el siguiente
1 de febrero. Además a los Empleados Activos,
Jubilados y antiguos Empleados que han logrado la condición
de “adjudicado” (Vested) también son
Participantes en el Plan.
El Plan de Pensión no le permite transferir horas de un
Año de Crédito del Plan a otro. Su Plan de Pensión
define un “Año de Crédito del Plan” como
el período a partir del 1 de febrero de cualquier
año hasta el 31 de enero del siguiente año.
Es el período de 12 meses usado para determinar el
Servicio Acreditado, las Unidades de beneficios y las acumulaciones
de beneficios. Sólo las horas trabajadas durante ese período
de 12 meses pueden usarse para determinar el Servicio Acreditado,
las Unidades de Beneficios y las acumulaciones.
Una de las preguntas
que más a menudo se hace del Departamento
de Pensión es “¿Cuánto vale mi pensión?” Si
usted es un Participante del Plan, el Plan de Pensión tiene
que proporcionarle un cálculo de lo que sería su
pensión en la Jubilación a Edad Normal, definida
como 65 años. Su petición de un cálculo debe
ser por escrito y no tiene que hacerse más de una vez al
año.
A diferencia de un “plan de contribuciones definidas”,
los beneficios en un “plan de beneficios definidos” no
acumulan un valor en efectivo. Cuando usted trabaja en un empleo
cubierto, gana Años de Servicio Acreditado y Unidades de
Beneficios. El Servicio Acreditado y las Unidades de Beneficios
se traducen en un beneficio mensual una vez que cumple todas las
condiciones de autorización a una pensión. Estas
condiciones incluyen presentar una solicitud y dejar de trabajar
como un Albañil de Cemento.
Cuando pida un cálculo de su pensión, le informamos
que sólo es un cálculo con ciertas condiciones atribuidas
a ella. El cálculo de pensión más comúnmente
proporcionada es la pensión de Jubilación a Edad
Normal (65 años) o “Pensión Ordinaria”.
Este cálculo de beneficio se hace sólo para los Albañiles
de Cemento que han logrado la condición de “adjudicado” en
el Plan. Si usted todavía no es adjudicado, no podemos calcular
una beneficio, sin embargo, le informaremos sobre cuántos
años tiene que trabajar para convertirse en adjudicado (para
las reglas sobre adjudicación, vea la Sección 3.16
en su folleto del Plan de Jubilados).
Si a usted se le adjudican
con menos de 8 Años de
Servicio Acreditado, sólo se aplica el beneficio de Jubilación
a Edad Normal, ya que no califica para ninún otro tipo de
pensión. Si a usted se le adjudican con 8 o más Años
de Servicio Acreditado, podemos proporcionar un cálculo
del beneficio de Jubilación a Edad Temprana (55 años).
Si usted tiene 55 años o más y si ha acumulado 25
o más Unidades de Beneficios, podemos calcular una Pensión
de Servicio, la cual es igual a la “Pensión Ordinaria” (Jubilación
a Edad Normal). Para saber más acerca de los diferentes
tipos de pensión disponibles, consulte el Artículo 3
en su folleto del Plan.
La Condición de Adjudicado, los Años de Servicio
Acreditado, las Unidades de Beneficios y su edad son todos factores
que debe recordar cuando pida un cálculo de su pensión.
Recuerde también que los beneficios han mejorado continuamente
durante la vigencia del Plan de Pensión. Lo que hoy en día
puede ser un cálculo razonable, puede no aplicarse en la
fecha en que se jubile.
El folleto del Plan
también puede guiarlo en el cálculo
de su pensión. Comience con el ejemplo de la “Pensión
Ordinaria” mostrado en la página 17 de su folleto
del Plan y aplíquelo a su historia de trabajo. En el cálculo
de su pensión, asegúrese de usar los factores más
recientes de las unidades de beneficios. También puede calcular
un beneficio para una Pensión por Jubilación Temprana
usando el ejemplo en la página 18.
El personal del departamento
de Pension está dispuesto
a ayudarle en el cálculo de su beneficio. La Oficina de
Fondos tiene también a un Representante de Beneficios que
visita las Oficinas de Unión Local y puede dar asistencia.
Recuerde que, hasta que realmente se jubile, es decir, cuando tenga
derecho, presente una solicitud y deje de trabajar como un Albañil
de Cemento, todas las cifras cotizadas son sólo estimaciones.
Estos condados también están conocidos como el “Proveedor
Preferido por la Zona de Servicio” (“Preferred
Provider Service Area”) para rembolsar los beneficios
del hospital-medico for hospital-medical benefits reimbursement: