Si
queda incapacitado durante su cobertura con el Plan Activo de
los Albañiles de Cemento,
puede ser elegible para el Crédito de Horas por Incapacidad.
El Crédito de Horas por Incapacidad le protege a usted
y su familia de la pérdida de la cobertura de salud y bienestar
en el caso de que no pueda trabajar. El Plan define el término “incapacitado” como
una persona incapaz de realizar funciones en relación con
su ocupación.
Para ser elegible a
esos beneficios, debe tener por lo menos 400 horas
en su banco de horas al inicio de su incapacidad.
Si usted es elegible,
el plan de salud y bienestar le otorga un Crédito de Horas por Incapacidad 8 horas al día,
40 horas a la semana. Crédito de Incapacidad no será concedido
por más de seis meses durante ningún período de doce meses
consecutivo. (Para el verdadero texto que regula el Crédito
de Horas por Incapacidad, consulte el Artículo II,
Sección 2.a. (2) del folleto impreso del Plan
Activo para los Albañiles de Cemento.)
Para solicitar el Crédito
de Horas por Incapacidad: pida una forma de Certificación
de Incapacidad en línea, o póngase en contacto
con la Oficina de Fondos o
visite su Oficina de Unión
Local.